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Pago de intereses de la sucursal a la matriz extranjera

Retención de impuestos Pwc

Dividendos extranjeros Los dividendos extranjeros percibidos o devengados por un residente están generalmente sujetos al impuesto normal en Sudáfrica. A continuación se indican algunas de las exenciones más importantes respecto a dichos dividendos extranjeros percibidos o devengados: – Dividendos declarados por sociedades cotizadas no residentes que también cotizan en la JSE, siempre que más del 10% del capital social total de esa sociedad cotizada esté, en el momento de la declaración de ese dividendo extranjero, en manos de residentes. – Los dividendos declarados por una empresa extranjera cuando esa persona es un residente que posee al menos el 20% del capital social total y los derechos de voto en esa empresa que declara el dividendo. La Ley también prevé la exención del impuesto normal de otros dividendos extranjeros percibidos o devengados por un residente, por ejemplo, en circunstancias específicas cuando existe una conexión sudafricana o se trata de una sociedad extranjera controlada.

Exención de los dividendos e intereses extranjeros Los dividendos e intereses extranjeros percibidos o devengados por un residente sólo están exentos de impuestos hasta un importe de 3.200 R. Esta exención se aplica en el siguiente orden – Dividendos extranjeros – Intereses extranjeros.

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Banquero y gestor de la deuda con el gobierno Banca comercial Cooperativa Prohibición no bancaria Inclusión y desarrollo financiero Mercado de divisas Gestión de la educación y protección del consumidor Emisor de moneda Sistema de pago y liquidación Investigación Otros Corporación de seguro de depósitos y garantía de crédito

La Dirección General nº 5 sobre «Empréstitos Comerciales Externos, Créditos Comerciales y Obligaciones Estructuradas», de fecha 26 de marzo de 2019, puede consultarse para obtener orientación sobre el marco existente en materia de BCE y CT. Los BCE y CT obtenidos bajo los marcos anteriores deben seguir cumpliendo con las directrices correspondientes aplicables en el momento de hacer uso de los BCE y CT.

Los préstamos del extranjero tienen que cumplir con las directrices / disposiciones aplicables del BCE contenidas en el Reglamento de Gestión de Divisas (Préstamos en divisas) de 2018 emitido mediante la Notificación No. FEMA 3 (R)/2018-RB de fecha 17 de diciembre de 2018, según se modifique de vez en cuando.

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En virtud de la legislación fiscal estadounidense, las personas extranjeras suelen estar sujetas a un impuesto del 30% sobre el importe bruto de determinados ingresos procedentes de Estados Unidos. Todas las personas («agentes de retención») que realicen pagos fijos, determinables, anuales o periódicos (FDAP) de origen estadounidense a personas extranjeras deben, por lo general, declarar y retener el 30% de los pagos brutos FDAP de origen estadounidense, como dividendos, intereses, cánones, etc. Los agentes de retención están autorizados a retener a un tipo inferior si el beneficiario efectivo certifica adecuadamente su derecho a un tipo inferior, ya sea en virtud del código fiscal estadounidense o de un tratado fiscal. Siempre es necesario informar sobre los pagos de origen estadounidense, incluso si no se aplica ninguna retención.

También puede exigirse la retención sobre la compra a una persona no estadounidense de una participación en bienes inmuebles estadounidenses (que, a estos efectos, puede incluir las acciones de una empresa estadounidense que posea principalmente bienes inmuebles/intereses inmobiliarios estadounidenses) o una participación en una sociedad si la sociedad participa o ha participado en la realización de una actividad comercial o empresarial estadounidense.

Irc 865

El sistema constitucional brasileño atribuye poderes tributarios diferentes e independientes a los gobiernos federal, estatal y municipal, así como al Distrito Federal para imponer, regular y recaudar impuestos. Brasil impone el impuesto de sociedades y el impuesto sobre la renta de las personas físicas a sus residentes, incluidas las filiales brasileñas de entidades extranjeras, con respecto a los ingresos y ganancias de capital obtenidos en cualquier parte del mundo. El impuesto sobre la renta federal se impone en virtud del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de Brasil (BITR) y otras leyes y reglamentos federales. Los no residentes que ejercen una actividad empresarial en Brasil, están empleados en Brasil o venden determinados tipos de activos en Brasil también están sujetos al impuesto sobre la renta brasileño.

El impuesto sobre la renta brasileño sólo se recauda a nivel federal y Brasil no tiene impuesto sobre la renta estatal o municipal. El BITR también impone una retención en origen sobre las remesas al extranjero, como los pagos de intereses, alquileres, cánones y honorarios por servicios, a tipos que varían entre el 6% y el 25%. El pagador brasileño de cualquier cantidad de este tipo es responsable de retener y recaudar este impuesto en nombre del receptor no residente. La red brasileña de tratados de doble imposición (TDT) está compuesta por 36 TDT firmados, que reducirán o eliminarán el tipo de retención aplicable a estos tipos de ingresos. Brasil no es actualmente miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE); sin embargo, sus políticas de tratados siguen el sistema principal del modelo de la OCDE con algunas disposiciones considerablemente ajustadas a la política brasileña y a su legislación interna. Algunos de los cambios relevantes están en consonancia con el modelo de convención de las Naciones Unidas.